{"id":2812,"date":"2021-06-28T16:23:33","date_gmt":"2021-06-28T21:23:33","guid":{"rendered":"https:\/\/elmachete.mx\/?p=2812"},"modified":"2021-06-28T16:23:33","modified_gmt":"2021-06-28T21:23:33","slug":"desaparece-el-outsourcing-primera-entrega","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/elmachete.mx\/index.php\/2021\/06\/28\/desaparece-el-outsourcing-primera-entrega\/","title":{"rendered":"\u00bfDesaparece el outsourcing? (Primera Entrega)"},"content":{"rendered":"<div id=\"attachment_2813\" style=\"width: 355px\" class=\"wp-caption aligncenter\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" aria-describedby=\"caption-attachment-2813\" class=\"wp-image-2813 \" src=\"https:\/\/elmachete.mx\/wp-content\/uploads\/2021\/06\/outsourcing-300x200.jpg\" alt=\"\" width=\"345\" height=\"230\" srcset=\"https:\/\/elmachete.mx\/wp-content\/uploads\/2021\/06\/outsourcing-300x200.jpg 300w, https:\/\/elmachete.mx\/wp-content\/uploads\/2021\/06\/outsourcing-1024x683.jpg 1024w, https:\/\/elmachete.mx\/wp-content\/uploads\/2021\/06\/outsourcing-768x512.jpg 768w, https:\/\/elmachete.mx\/wp-content\/uploads\/2021\/06\/outsourcing-1536x1024.jpg 1536w, https:\/\/elmachete.mx\/wp-content\/uploads\/2021\/06\/outsourcing-640x427.jpg 640w, https:\/\/elmachete.mx\/wp-content\/uploads\/2021\/06\/outsourcing-50x33.jpg 50w, https:\/\/elmachete.mx\/wp-content\/uploads\/2021\/06\/outsourcing-600x400.jpg 600w, https:\/\/elmachete.mx\/wp-content\/uploads\/2021\/06\/outsourcing-210x140.jpg 210w, https:\/\/elmachete.mx\/wp-content\/uploads\/2021\/06\/outsourcing.jpg 1920w\" sizes=\"auto, (max-width: 345px) 100vw, 345px\" \/><p id=\"caption-attachment-2813\" class=\"wp-caption-text\">Foto tomada de internet<\/p><\/div>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p style=\"text-align: right;\">Por: Jos\u00e9 Narciso<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El 12 de noviembre pasado, en la conferencia ma\u00f1anera, Andr\u00e9s Manuel L\u00f3pez Obrador anunci\u00f3 el env\u00edo de una iniciativa a la C\u00e1mara de Diputados para reformar el r\u00e9gimen de <em>outsourcing<\/em>, pero esta iniciativa fue frenada por la inconformidad de la patronal.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Antecedente: debido a que, entre otras, las empresas mineras\u00b8 particularmente las canadienses emplean a subcontratistas (<em>outsourcing<\/em>) que afectando al Contrato Colectivo de Trabajo y desplazando a los trabajadores sindicalizados, teniendo, tambi\u00e9n como consecuencia la disminuci\u00f3n de las cuotas sindicales, el l\u00edder minero y senador (no trabajador minero) G\u00f3mez Urrutia propuso que desapareciera el <em>outsourcing<\/em>, teniendo el apoyo de otros l\u00edderes sindicales corporativos impulsaron las reformas.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El 20 de abril de 2021, despu\u00e9s de que Andr\u00e9s Manuel L\u00f3pez Obrador lleg\u00f3 a un acuerdo con los ricos de este pa\u00eds y los l\u00edderes sindicales corporativos, el senado aprob\u00f3 las reformas que public\u00f3 el gobierno en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n el 23 de abril del mismo a\u00f1o, las Reformas a la Ley Federal del Trabajo. Tambi\u00e9n se hicieron modificaciones a la Ley del Seguro Social, la Ley del Instituto del Fondo Nacional de Vivienda para los Trabajadores, la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, la Ley del Impuesto Sobre la Renta y la Ley del Impuesto al Valor Agregado.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Para contestar al t\u00edtulo de este art\u00edculo, primero analizaremos las reformas a la Ley Federal del Trabajo, empezando por el art\u00edculo 12 que establece: \u201cQueda prohibida la subcontrataci\u00f3n de personal, entendi\u00e9ndose esta cuando una persona f\u00edsica o moral proporciona o pone a disposici\u00f3n trabajadores propios en beneficio de otra\u201d. Con esto queda prohibido en todo el pa\u00eds el <em>outsourcing<\/em>, es decir, ninguna persona moral, ya sea asociaciones religiosas, sindicales, an\u00f3nimas promotora de inversi\u00f3n o mercantil, puede ser subcontratista si proporciona o pone a disposici\u00f3n trabajadores propios, a los que tiene subordinados y les paga un salario, en beneficio de otra empresa, llamada contratante. Las agencias de empleo no se consideran patronales, subcontratista.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En cambio, en el art\u00edculo 13 de la misma ley laboral dice: \u201cSe permite la subcontrataci\u00f3n\u2026\u201d aqu\u00ed da vida al<em> outsourcing<\/em>, es decir, no desaparece s\u00f3lo tiene caracter\u00edsticas diferentes, pero sigue siendo subcontratista, sigue siendo <em>outsourcing<\/em>. De manera \u201cexcepcional\u201d, una empresa puede \u00fanicamente subcontratar los \u201cservicios especializados o de ejecuci\u00f3n de obras especializadas\u2026\u201d aqu\u00ed hay que se\u00f1alar que un <em>outsourcing<\/em> se puede constituir para prestar los servicios especializados <em>o<\/em> de ejecuci\u00f3n de obras especializadas. Adem\u00e1s \u201cque no formen parte del objeto social ni de la actividad econ\u00f3mica preponderante de la beneficiaria de estos\u2026\u201d. Si una empresa subcontratista, conocida como <em>insourcing<\/em>, tiene en sus instalaciones dentro de una empresa contratante, y tienen el mismo objeto social en su acta constitutiva, basta con que cambien el objeto social y siendo la actividad econ\u00f3mica preponderante diferente, con ello, cumplen con lo que se\u00f1ala este art\u00edculo 13 mencionado.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El art\u00edculo 14 de la Ley Federal del Trabajo menciona: \u201cLa subcontrataci\u00f3n\u2026 deber\u00e1 formalizarse mediante contrato por escrito en el que se se\u00f1ale el objeto de los servicios a proporcionar o las obras a ejecutar, as\u00ed como el n\u00famero aproximado de trabajadores que participar\u00e1n en el cumplimiento de dicho contrato\u201d. La empresa o instituci\u00f3n contratante debe de firmar un contrato con la subcontratista en el que se establece que en caso de que esta \u00faltima no cumpla con las obligaciones que deriven de las relaciones con sus trabajadores, ser\u00e1 responsable solidaria en relaci\u00f3n con los trabajadores empleados para dichas contrataciones.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El art\u00edculo 15 de la misma Ley establece que \u201cLas personas f\u00edsicas o morales que proporcionen los servicios de subcontrataci\u00f3n, deber\u00e1n contar con registro ante la Secretar\u00eda del Trabajo y Previsi\u00f3n Social&#8230;\u201c Este registro en el padr\u00f3n se efectuar\u00e1 bas\u00e1ndose en el \u201cACUERDO por el que se dan a conocer las disposiciones de car\u00e1cter general para el registro de personas f\u00edsicas o morales\u201d publicado en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n el 24 de mayo de 2021, a trav\u00e9s de la Unidad de Trabajo Digno de la Secretaria del Trabajo, la que dar\u00e1 respuesta en 20 d\u00edas a la fecha de presentaci\u00f3n de la solicitud de registro. En caso de que no haya respuesta en ese tiempo la subcontratista solicitar\u00e1 que se le conteste el requerimiento de registro en un t\u00e9rmino de tres d\u00edas. \u201cTranscurrido dicho plazo sin que se notifique la resoluci\u00f3n, se tendr\u00e1 por efectuado el registro\u201d autom\u00e1ticamente. \u00bfCu\u00e1ntas empresas subcontratistas solicitar\u00e1n el registro en el padr\u00f3n? \u00bfTendr\u00e1 capacitad la Unidad de Trabajo Digno de notificar la resoluci\u00f3n? Lo que generar\u00e1 que las empresas queden registradas autom\u00e1ticamente.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El art\u00edculo 127 de la Ley Federal del Trabajo menciona: \u201cEl derecho de los trabajadores a participar en el reparto de utilidades, reconocido en la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de los Estados Unidos Mexicanos\u2026\u201d, se ajustar\u00e1 a la fracci\u00f3n \u201cVIII. El monto de la participaci\u00f3n de utilidades tendr\u00e1 como l\u00edmite m\u00e1ximo tres meses del salario del trabajador o el promedio de la participaci\u00f3n recibida en los \u00faltimos tres a\u00f1os; se aplicar\u00e1 el monto que resulte m\u00e1s favorable al trabajador\u201d. En primer lugar, esta fracci\u00f3n viola el art\u00edculo 123 Apartado A fracci\u00f3n IX de la Constituci\u00f3n Federal, en la que establece que ser\u00e1 una comisi\u00f3n es la que determine el porcentaje de las utilidades de una empresa a distribuir entre los trabajadores. En segundo lugar: el monto de la participaci\u00f3n de utilidades ser\u00e1 de tres meses del salario del trabajador o el promedio de lo recibido en los \u00faltimos tres a\u00f1os, si muchas empresas argumentan no tener utilidades pretextando la crisis del 2019 o de la pandemia causada por el virus en 2020, en la que millones de trabajadores fueron despedidos que utilidades recibir\u00e1n los trabajadores. Esta propuesta de reforma fue pretexto para que los l\u00edderes sindicales corporativos la avalaran.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Por cierto, los trabajadores que laboran para una empresa lo recibir\u00e1n como l\u00edmite el 30 de mayo y los que trabajan para un patr\u00f3n, persona f\u00edsica, como l\u00edmite el 29 de junio.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En otra entrega continuaremos analizando estas reformas.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">No olvidar que es un derecho de clase y toda reforma que aparentemente beneficia a los trabajadores, m\u00e1s temprano que tarde termina beneficiando al capital.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Colaboraci\u00f3n de la Asociaci\u00f3n Nacional de Abogados por los Derechos de los Trabajadores (ANADT).<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El 12 de noviembre pasado, en la conferencia ma\u00f1anera, Andr\u00e9s Manuel L\u00f3pez Obrador anunci\u00f3 el env\u00edo de una iniciativa a la C\u00e1mara de Diputados para reformar el r\u00e9gimen de outsourcing, pero esta iniciativa fue frenada por la inconformidad de la patronal.<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":2813,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"rop_custom_images_group":[],"rop_custom_messages_group":[],"rop_publish_now":"initial","rop_publish_now_accounts":[],"rop_publish_now_history":[],"rop_publish_now_status":"pending","_exactmetrics_skip_tracking":false,"_exactmetrics_sitenote_active":false,"_exactmetrics_sitenote_note":"","_exactmetrics_sitenote_category":0,"footnotes":""},"categories":[729],"tags":[832,137],"class_list":["post-2812","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-obrero-sindical","tag-anadt","tag-outsourcing"],"wppr_data":{"cwp_meta_box_check":"No"},"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/elmachete.mx\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2812","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/elmachete.mx\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/elmachete.mx\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/elmachete.mx\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/elmachete.mx\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=2812"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/elmachete.mx\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2812\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":2814,"href":"https:\/\/elmachete.mx\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2812\/revisions\/2814"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/elmachete.mx\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/2813"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/elmachete.mx\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=2812"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/elmachete.mx\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=2812"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/elmachete.mx\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=2812"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}