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LO QUE DEBES SABER SOBRE EL AGUINALDO

LO QUE DEBES SABER SOBRE EL AGUINALDO

 

La Coordinadora Sindical Unitaria de México te da a conocer, de una manera sencilla pero completa, a partir de las principales preguntas que nos hacen trabajadores(as) cuando se acerca la fecha del pago de esta prestación, todo lo que debes saber sobre el aguinaldo, al que tenemos derecho todos los trabajadores.

¿Qué es el aguinaldo y en qué se fundamenta legalmente?

El aguinaldo es un derecho ganado por los trabajadores que se conquista en 1970 con la reforma a la Ley Federal del Trabajo y se plasma en el Artículo 87 de esta ley.

¿Qué trabajadores tienen derecho al aguinaldo?

Todos los trabajadores tienen derecho a esta prestación, sin importar si son eventuales o de planta, sindicalizados o de confianza.

¿Cuál es el tiempo mínimo que debó tener trabajando para tener derecho al aguinaldo?

Esta prestación se paga anualmente y los trabajadores tienen derecho al pago del aguinaldo sin importar el tiempo que hayan laborado durante un año.

Si no tienes un año cumplido a la fecha del pago, tienes derecho a que se te pague la parte proporcional de acuerdo a los días trabajados en el año.

¿Cuánto me deben pagar de aguinaldo?

Para saber esto es importante que conozcas tu contrato individual o colectivo de trabajo, para que sepas si te corresponde una cantidad mayor a 15 días, pero recuerda que nunca podrá ser menor a 15 días de salario.

El aguinaldo corresponde a una cantidad de 15 días de salario base como mínimo.

¿Cuándo me deben pagar mi aguinaldo?

El patrón debe pagar el aguinaldo a más tardar el día 19 de diciembre. ¿El 19?

Sí, la Ley Federal del Trabajo establece en el Artículo 87 que este debe ser pagado ANTES del 20 de diciembre del año en curso.

 

Ahora sí, ¡lo más interesante!

¿Cómo calcular cuánto me corresponde por concepto de aguinaldo?

Primero identifica tu salario base, si te entregan recibos de pago aquí puedes encontrar tu salario base (imagen 1). Aquí, en el concepto percepciones, donde esta tu sueldo antes de aplicar los descuentos.

Después hay que calcular el salario diario.

Una vez que identificaste tu sueldo base este se divide entre 7 ó 15, según los días que te estén pagando en tu recibo, para poder calcular tu salario diario, en el ejemplo anterior vamos a suponer que corresponde a un pago semanal por lo que lo dividiremos entre 7 de la siguiente manera:

Y ahora a calcular el aguinaldo.

El salario diario se multiplicará por la cantidad de días de aguinaldo a los que se tenga derecho según tu contrato individual o colectivo, en este caso supondremos un caso donde se tiene derecho a la cantidad mínima de 15 días de salario, de la siguiente manera:

Y de esta manera obtenemos que en este caso corresponde un aguinaldo de $10,123.95.

 

¿Pero qué pasa si no trabaje el año completo?

Como ya mencionamos, si no trabajaste el año completo de igual manera tienes derecho a una parte proporcional del aguinaldo.

¿Como calcular tu parte proporcional del aguinaldo?

Primero tienes que calcular el monto de un aguinaldo completo como lo hicimos anteriormente, según los días a que tengas derecho según tu contrato individual o colectivo.

Recordemos que en el ejemplo anterior calculamos un aguinaldo completo de $10,123.95

Ahora calcula la parte proporcional por día.

El monto de un aguinaldo completo según corresponda de acuerdo a tu contrato se divide entre los 365 días del año para calcular la parte proporcional por día, de la siguiente manera:

Antes de calcular tu parte proporcional recuerda que…

Se deben considerar como días trabajados, además de los días que se prestó físicamente el servicio, los días en que el trabajador estuvo ausente pero que el patrón tiene la obligación de pagar, como el o los días de descanso semanal, los días feriados obligatorios, y los ganados por contrato o establecidos en el reglamento, así como periodos pre y post natal, incapacidades por riesgo de trabajo, vacaciones etc.

Las faltas justificadas o injustificadas, incapacidades por enfermedad general, permisos sin goce de sueldo etc. no serán computados como días trabajados.

Ahora sí, calcula tu parte proporcional.

Una vez que calculaste la parte proporcional por día, multiplícala por el número de días trabajados, considerando como último día el 31 de diciembre del año en curso (aunque el aguinaldo se pague antes).

Por ejemplo, si un trabajador entra a laborar el 1 de noviembre le corresponden 61 días de aguinaldo contando desde el 1 de noviembre hasta el 31 de diciembre y se calcularía de la siguiente manera:

 

Y así es como calculas tu parte proporcional de aguinaldo.

Compañero (a):

Lo aquí señalado corresponde a lo que es tu derecho por ley, pero sabes que al patrón no le importa la ley si no sus ganancias, esperamos que este material sea de utilidad para informarte y organizarte con tus compañeros, esa es la única forma de hacer valer nuestros derechos como trabajadores, defiende tu aguinaldo.

Y… ¿si no me dan aguinaldo?

En caso de que en tu trabajo no te reconozcan este derecho puedes contactarnos para asesorarte.

Atendemos de cualquier estado de la república.

La mejor forma de defender y hacer valer tus derechos laborales es organizándote en un sindicato clasista, en la CSUM te decimos cómo…

Si necesitas asesoría sobre cualquier conflicto laboral contacta a la CSUM a través de nuestras oficinas estatales, en los lugares donde tenemos presencia, o a través de nuestras redes sociales: Whatsapp: 554 179 5773 Facebook: CSUM; X: CSUM_mx;

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