Buscar por

Las similitudes entre la esclavitud y la explotación asalariada: el caso de la Ley General en Materia de Trata

 

 

Por: Alfredo Valles, Miembro suplente del BP del CC del PCM 

 

En el año 2012, al finalizar el sexenio de Felipe Calderón, uno de plena militarización y auge del narcotráfico, fue aprobada la denominada Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos. La misma que, bajo AMLO, fue modificada hace unos meses.

 Esta Ley en materia de trata, desde su establecimiento, establecía castigo legal y económico ante ciertos aspectos de la explotación asalariada en México: condiciones peligrosas e insalubres en los centros de trabajo, falta de seguridad e higiene; demasiada carga laboral o altas exigencias de productividad; o el pago por debajo del salario mínimo.

 En el mes de junio de 2024 se ha legalizado que la ley sobre trata ahora también es el marco para sancionar legalmente, con multas y años de cárcel, a todo patrón en cuyo empresa se laboren jornadas laborales por arriba de lo que indica la constitución. Es decir, que imponga u otorgue a los trabajadores jornadas que vayan más allá de lo que prevé la ley.

Hoy esa jornada legal es de 7 horas para una jornada nocturna, 7.5 para una mixta y 8 horas general. Los capitalistas sólo pueden excederla bajo los motivos de amenaza a la vida de los trabajadores o a la permanencia del negocio, o por criterios de productividad, pero nunca más allá de 57 horas semanales o de 11 horas por más de 3 días de trabajo.

En casos generales las sanciones implicarán multas de entre 500 mil y 5 millones de pesos, y de 3 a 10 años de prisión; pero al imponerse u otorgarse una jornada laboral excesiva a miembros de “comunidades indígenas o afromexicanas” existe una agravante, manifiesta en las sanciones: multas de 750 mil a 7.6 millones de pesos, y de 4 a 12 años de prisión.

La ley sobre el delito de trata y de protección a sus víctimas regula el lucrativo negocio ilegal de la desaparición forzada y la esclavitud en las formas de trabajo infantil, sexual y forzado. Y establece ciertas medidas de protección para las víctimas del trabajo esclavo, pero sin ninguna repercusión seria que impida su actual y lamentable ampliación.

En el ámbito de la gran producción industrial capitalista en el campo o la ciudad, no solo las largas y penosas jornadas equiparan esclavitud con la explotación asalariada. Tenemos el caso de una modalidad particular de trata de personas hacia la gran explotación fabril o rural. Dos ejemplos para cada caso, Tijuana y San Quintín, en Baja California.

Esta ley iguala a los capitalistas de cuerno de chivo –el “crimen organizado”– e industriales, banqueros, comerciantes, etc. Siendo, todos por igual, explotadores sin límites ni escrúpulo alguno. Además, tal ley exhibe cómo cada vez más la producción capitalista legal adquiere rasgos y es equiparable a la esclavitud, el ámbito histórico de la trata.

En la gran producción citadina y rural, así como en el ámbito de los servicios, los delitos asociados a la explotación asalariada son la regla, el pan de todos los días. La reciente modificación a la ley sobre trata, como los demás derechos laborales establecidos en la constitución, hoy en día son pura letra muerta; son pura ética burguesa pública.

Por otro lado, la ley sobre trata y para protección de sus víctimas refuerza ideas o nociones equivocadas que favorecen a las élites y al poder, al presentar a la esclavitud y a la explotación como excepciones o accidentes en el capitalismo. En realidad, el capitalismo es todo explotación, al grado del retroceso hacia las características propias de la esclavitud.

La explotación bajo el capitalismo es la producción masiva de riqueza por parte de los trabajadores, en forma de productos o acciones, que implica concentrar cada vez más los beneficios en pocas manos y cada vez más sacrificios o privaciones en miles de millones de vidas. Alargando o intensificando la jornada, la economía capitalista es explotación pura.

La clase obrera y los millones de trabajadores asalariados no pueden colocar su vida, sus aspiraciones, bajo la esperanza en la decisión de nuevas leyes que alivien su existencia. El capitalismo puede producir leyes, pero son impotentes o inaplicables. Para cambiar la vida son necesarios cambios radicales alcanzados y protagonizados por el pueblo trabajador.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *