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El Sindicalismo Mexicano y La Reforma Laboral

Características De La Reforma Laboral, Octava Entrega

 

 

Por: Héctor Ramírez Cuéllar

 

La aplicación práctica de la reforma laboral tiene un terreno político propicio ya que la mayoría de las organizaciones sindicales que se nucleaban en las filas del Congreso del Trabajo se encuentran en una etapa de gran debilidad social, en una auténtica crisis de representatividad frente a los trabajadores, la CTM está paralizada desde que llegó Andrés López Obrador al gobierno, el PRI ya no tiene fuerza electoral ni política para defender los viejos privilegios del pasado, pero el resto de las agrupaciones que pudieran beneficiarse con estas modificaciones todavía no están preparadas para ser los nuevos titulares de los contratos colectivos de trabajo, ni pueden ganar las elecciones internas para convertirse en sindicatos mayoritarios. No ha desaparecido el anterior sistema sindical, pero tampoco ha aparecido otro, distinto y superior, al que estuviera vigente durante varias décadas.

Como resultado de la gran preponderancia que demostraron tener los impulsores y sostenedores del sindicalismo blanco, es decir, de las sindicatos que jamás existieron en la realidad, que nunca realizaron asambleas, ni consultaron a los trabajadores, ni rindieron cuentas de sus cuotas, ni dieron a conocer los contenidos de los contratos colectivos de trabajo, este sindicalismo “ficticio” apoyado desde luego por los capitalistas, que no deseaban “tener problemas” con los sindicatos dominados o influidos por los comunistas y socialistas de diferentes tendencias, tiene registrados formalmente más de 11 mil agrupaciones obreras, que no existen y un número más o menos similar de contratos colectivos de trabajo que jamás se han conocido, ni aprobado por los trabajadores, documentos que solo se registraron ante las correspondientes autoridades laborales solo con la finalidad exclusiva de cumplir con una obligación legal y nada más.

Este tipo de sindicalismo, que además empleaba la violencia y la corrupción y que beneficiaba a un grupo de individuos que se hacían nombrar “líderes sindicales”, pero que en realidad solo eran “gestores”, o en el mejor de los casos, “administradores de contratos” se multiplicaron al amparo del outsourcing ya que podían “vender” esos documentos deleznables a las empresas que incurrían en este tipo de prácticas, a cambio de usufructuar una franquicia para evadir el pago de impuestos y de las más elementales prestaciones sociales. Ahora está en riesgo de desaparecer ya que desde luego no están sus promotores en la posibilidad de reunir ninguno de los requisitos que establecen las nuevas normas jurídicas.

Ninguno de estos delincuentes tiene la fuerza, ni la autoridad moral o política, para convocar a la realización de una asamblea sindical, para invitar a los trabajadores de una empresa a elegir libremente, sin coacción alguna, a sus dirigentes; Muchos menos pueden poner a discusión y aprobación los proyectos de los contratos colectivos de trabajo, por lo que serán los propios asalariados de base los que lo hagan en cada una de las compañías. Muchos de estos “lideres” o representantes jamás fueron conocidos de una manera personal por los integrantes de las fábricas, no se tenían padrones confiables y por lo tanto no se conocía el número exacto de los trabajadores que laboraban en cada una de ellas y desde luego, tampoco tenían domicilios sociales.

Este sindicalismo execrable también funcionaba con el apoyo y la complicidad de los propietarios e inversionistas, pues tenían que entregar fuertes sumas de dinero a estos gestores a cambio de que mantuvieran una cierta fachada de legalidad ya que, por ejemplo, ante cada una de las revisiones de los referidos contratos, emplazaban formalmente a huelga ante las Juntas, a la manera de una simple maniobra jurídica ya que no estallaba ninguna de ellas, no se efectuaban paros u otras acciones permitidas por las leyes, y así se “renovaban” automáticamente estos documentos y los nuevos textos se depositaban ante las autoridades competentes, simulando todos que estaban cumpliendo con la Ley Federal del Trabajo.

Este sindicalismo fue promovido, históricamente hablando, por las grandes industriales del estado de Nuevo León, desde la época del general Lázaro Cárdenas, con la finalidad de impedir que la CTM pudiera constituir agrupaciones obreras de clase, orientadas por el sindicalismo revolucionario, realizando estos trámites ante las Juntas de Conciliación y Arbitraje, que a su vez estaban en manos de funcionarios entregados a los empresarios. No se afiliaban, desde luego, a la Federación Regional Obrera que estaba adherida a la CTM ya que se consideraban, asimismo, como sindicatos independientes, cuyos dirigentes realizaban negociaciones con los capitalistas siempre actuando en función de beneficiarlos a ellos, conformando así un valladar contra el avance del comunismo.

Continuará….

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